Importados y otros libros
Para solicitar la inscripción en el LOE o RRC de la Real Sociedad Canina de España de un perro importado, es necesario el pedigree original emitido por una sociedad canina extranjera reconocida oficialmente, a nombre del propietario español o residente en España. El propietario habrá de cumplimentar el impreso para la inscripción de perros importados y pagar el importe que corresponda a esta tramitación, según la tarifa de precios vigente en cada momento.
La RSCE devolverá el Export Pedigree original, con la indicación de la inscripción en el LOE o RRC y un Justificante de Inscripción en el libro genealógico que corresponda, a utilizar si transfiere la propiedad del perro.
Dónde realizar el trámite:
- En caso de ser socio de la RSCE, residente en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad de la Rioja, en Ceuta o en Melilla, deberá enviar la documentación directamente a las oficinas de la RSCE (C/ Maldonado, 56 – 28006 Madrid).
- Para el resto de situaciones, deberá presentar la documentación en la sociedad canina colaboradora correspondiente a su zona de residencia.
PERROS PROCEDENTES DE OTROS LIBROS GENEALÓGICOS
Procedimiento para solicitar la inscripción en el LOE/RRC de perros inscritos en otros libros genealógicos de una asociación legalmente reconocida conforme AL R.D. 558/2001 de 25 de mayo.
El solicitante cumplimentará debidamente el impreso destinado a tal fin. En el citado documento, deberán constar:
- Los datos del perro, incluyendo el código de identificación canina (microchip), que conste en la cartilla veterinaria actualizada o pasaporte canino, debidamente firmada por un veterinario colegiado, que coincidirá con el implantado en el ejemplar.
- Los datos completos del propietario que solicita el registro en el LOE/RRC, acreditando su personalidad mediante copia del DNI, que deberá coincidir con el propietario que consta en el pedigree.
Para la inscripción será imprescindible presentar:
- Pedigree original emitido por una organización o asociación española reconocida oficialmente para la llevanza de libros genealógicos.
- Documentación original que acredite la baja en el libro genealógico de la sociedad canina nacional, legalmente reconocida, que haya expedido el pedigree.
- Aportar informe de ADN de los padres, del ejemplar en cuestión con la correspondiente filiación.
- En caso de que el ejemplar sea padre o madre de una camada, es necesario presentar el informe de ADN y abonar la anotación.
Para la realización de esta tramitación, las fotocopias carecen de validez.
El importe a pagar por esta tramitación será el correspondiente según la tarifa de precios de la RSCE vigente en cada momento.
Con la entrega de toda la documentación solicitada y el abono de la tarifa pertinente, la RSCE emitirá un Justificante para la Inscripción en el libro de orígenes LOE/RRC, a la vista de los datos aportados, emitiéndose posteriormente el correspondiente pedigree.
En caso de que una comprobación posterior de los datos aportados mostrara falta de veracidad en los mismos, se procederá a dar de baja al ejemplar en el registro del libro de orígenes LOE/RRC. Esta situación no conlleva la devolución del importe pagado.
Dónde realizar el trámite:
- En caso de ser socio de la RSCE, residente en la Comunidad de Madrid, en la Comunidad de la Rioja, en Ceuta o en Melilla, deberá enviar la documentación directamente a las oficinas de la RSCE (C/ Maldonado, 56 – 28006 Madrid).
- Para el resto de situaciones, deberá presentar la documentación en la sociedad canina colaboradora correspondiente a su zona de residencia.