El expositor tendrá derecho a retirar sus inscripciones antes de que se cierre el plazo de inscripción. En este caso, le serán devueltas las cantidades abonadas, salvo un 25% de dicho importe en concepto de derechos de inscripción.
Una vez cerrado el plazo de inscripción, el expositor a quien le resulte imposible participar en el certamen, por causa justificada suficientemente, tendrá derecho a que le sean devueltas las cantidades abonados, salvo el 50% de dicho importe en concepto de derechos de inscripción. Para ello, deberá comunicar y justificar la imposibilidad de asistir a la exposición. Dicha comunicación deberá estar en poder de la organización del evento con una antelación mínima de 15 días a la fecha de la celebracion del evento y deberá realizarse por cualquier medio que permita tener constancia de la fecha de su recepción y del contenido del comunicado.
Si por causas de fuerza mayor no pudiera celebrarse la exposición, la RSCE retendrá un 20% del importe de la inscripción en concepto de gastos bancarios.