No obstante, los menores de edad mayores de diez (10) años podrán participar en las mismas condiciones que los adultos, a condición de que el padre, la madre o tutor del menor hagan llegar previamente a la entidad organizadora de la exposición, de conformidad con lo previsto en el artículo 1903 del Código Civil, la autorización firmada, permitiendo así la participación del menor en dicho evento y responsabilizándose directamente de los daños que pudiera sufrir u ocasionar.