CRIADORES RSCE
¿Quieres formar parte de la familia de Criadores RSCE y que tus futuras camadas lleguen a los mejores hogares?
Queremos contar contigo.
Si tienes un afijo FCI, rellena el formulario y únete a nuestra lista de Criadores Responsables y de confianza.
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Agilgos

Teléfono: 615 829 601
E-mail: agilgoscantabria@gmail.com
Admiradores y amantes del Border Collie y todo lo que se puede compartir con ellos.
Entregamos los cachorros con pruebas genéticas de los padres de estar libres de enfermedades, vacunas, desparasitación, chip, LOE (pedigree de la Real Sociedad Canina de España) y factura. Todo según la nueva Ley de Bienestar Animal. Los precios según sexo y color, a partir de 750€ IVA incluido.
Nos encontramos en el Valle de Cabuérniga, en Lamiña, municipio de Ruente.
Kram de Alderrabel

Anima Pura

Teléfono: 647 616 737
E-mail: gemmaplacon@gmail.com
Somos criadores responsables y seleccionamos psíquica y morfológicamente nuestros ejemplares de cría para asegurar unos cachorros sanos y con un temperamento inmejorable.
Prueba de nuestro trabajo es que tenemos en nuestra casa varios campeones de España de morfología y belleza. Jueces especialistas han confirmado así nuestra calidad
y trabajo por y para la raza.
Para conseguir la excelencia, realizamos las pruebas necesarias para acreditar la salud de nuestros perros.
NUCLEO ZOOLOGICO: G25/00329
Brave Fast

Camino de Sirga

Javier Delgado
Teléfono de contacto: 618 922 003 / 620 929 220
E-mail: info@mijackrussellterrier.es
Registro de Criadores de Animales de Compañía
De conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (en adelante, Ley de Bienestar Animal), la actividad de la cría de animales de compañía solamente podrá llevarse a cabo por personas debidamente inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía* (*pendiente de desarrollo reglamentario).
La inscripción en el Registro de Criadores de Animales de Compañía supondrá la adquisición oficial de la condición de criador y constituirá, una vez validada por la Administración competente, la autorización para el desarrollo de sus actividades conforme dispone el artículo 54 de la Ley de Bienestar Animal.
En esta sección encontrarás:
- Datos de personas y/o entidades que tiene la condición de criador/es oficiales y la información para comprobar esta condición (Núcleo Zoológico)
- Datos de personas o entidades que están en trámites para adquirir la condición de criador/es oficiales, haciendo constar expresamente “en trámite” aquel requisito que se esté desarrollando.
Decálogo del buen criador
EL BUEN CRIADOR RSCE, EL CRIADOR RESPONSABLE DEBERÁ:
1.-Conocer y cumplir el Reglamento del LOE de la RSCE.
2.-Seleccionar a los ejemplares con los que va a criar, realizando todas las pruebas veterinarias pertinentes, con el objeto de descartar enfermedades consideradas graves y, así, evitar la propagación de enfermedades genéticas. Esta inversión, en pruebas de salud y en la selección del carácter y el comportamiento de los ejemplares reproductores, generará unas líneas de sangre sanas y equilibradas.
3.-Mantener a los ejemplares en unas condiciones de vida dignas que garanticen su bienestar, derechos y desarrollo saludable; incluyendo una buena alimentación, una higiene adecuada y unos cuidados veterinarios necesarios.
4.-Aportar, si así se le solicita, la documentación necesaria que verifique si los padres y abuelos del cachorro han sido evaluados, con el propósito de descartar problemas congénitos y poder garantizar su bienestar, derechos y desarrollo saludable.
5.-Tramitar la documentación, dentro de los plazos establecidos por esta RSCE y entregar, si así se le solicita, la documentación necesaria que verifique si los padres y abuelos del cachorro han sido evaluados, con el objeto de descartar problemas congénitos.
6.-Proporcionar la documentación correspondiente al nuevo propietario y, a su vez, notificar a la RSCE los datos de este, para mantener la integridad de los libros de registro.
7.-Un buen criador RSCE no deberá engordar camadas con cachorros externos, ni de otras camadas, aun siendo estas propias.
8.-Dedicar el tiempo necesario a sus cachorros, antes de su entrega, para favorecer una socialización y unos estímulos tempranos que ayuden a formar el temperamento adecuado a su raza, estable y libre de traumas, para la buena integración en la vida familiar y social.
9.-Desempeñar una función educativa e informar, convenientemente, a los posibles futuros propietarios, sobre las características de la raza y de sus obligaciones hacia el cachorro y descartando a aquellos que no estén preparados para asumirlas.
10.-Entregar a los cachorros, con un contrato de cesión/compraventa, en buen estado sanitario e identificados mediante microchip.
¿Quieres comprar tu primer perro de raza? ¿Tienes dudas? ¡Aquí te ayudamos!
Si decides adquirir un perro de raza, sigue estos pasos clave:
Elección de la raza y criador: Investiga bien la raza que deseas y busca criaderos especializados. Puedes encontrar criadores a través de exposiciones caninas o en nuestra sección de criadores.
Contrato de cesión o de compra-venta: Al elegir tu perro, establece un contrato de cesión o de compra-venta con el criador. Este contrato formaliza los términos de la cesión y te da seguridad sobre la transacción.
Libro de Orígenes Español (LOE/RRC): Asegúrate de que el criador registre el cachorro en el LOE o RRC y te entregue el Justificante de Inscripción de tu cachorro. Ese documento necesario para solicitar el pedigree a tu nombre.
Cambio de titularidad del microchip: Al adquirir el perro, cambia la titularidad del microchip a tu nombre, ya sea a través del colegio de veterinarios de tu comunidad autónoma o mediante tu veterinario.